RESTRICCIÓN VEHICULAR ECUADOR: Nuevas medidas de circulación

 

La restricción vehicular se ha modificado constantemente a nivel nacional desde el inicio de la pandemia. Desde el pasado 14 de septiembre en el Ecuador finalizó el estado de excepción decretado a inicios de la emergencia sanitaria, como medida de prevención para contener el contagio masivo del Covid-19, lo que implicó la culminación del  toque de queda o las restricciones al derecho de libre asociación.

El Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Nacional estableció los lineamientos para que las distintas autoridades municipales asuman la emisión de normas en: salud, educación, tránsito, transporte terrestre, seguridad, actividades físicas y trabajo para seguir previniendo el contagio. Entre los principales aspectos que regula actualmente cada municipio se encuentra la restricción vehicular, de tal forma que tras varios meses de semaforización a nivel nacional, varios cabildos anunciaron la «libre movilidad» como es el caso de: Guayaquil, Manabí, Jaramijó, Chone, Santa Ana, y recientemente Loja se agregó a la lista, algunos de ellos con restricciones horarias como Cuenca con prohibición de circulación entre las 23:00 a 5:00 am.

Mientras que municipios como Salcedo, Chone, Portoviejo, Riobamba decidieron mantener las condiciones de movilidad propuestas por el COE Nacional durante el semáforo amarillo. De tal forma que la circulación libre de los vehículos de uso particular dependerá del último dígito en el que termina su placa. En el caso de motocicletas se aplicará de igual forma en función al último número sin considerar la letra en la que termine.

Restricción vehicular

Por otro lado en el Distrito Metropolitano de Quito, se anunciaron nuevas medidas respecto a los horarios de circulación que entraron en vigencia desde el  4 de noviembre tras la finalización del feriado por el día de los difuntos e independencia de Cuenca. En la regulación actual de la capital se establece un nuevo horario de lunes a jueves, manteniendo la restricción horaria de todo el día los viernes y sábados.

  • LUNES Y MIERCOLES
    • Circula libremente TODO EL DÍA : Placas impares (1,3,5,7 y 9)
    • Circula de 20:00 a 6:00:  Placas pares (2,4,6,8 y 0)
  • MARTES Y JUEVES
    • Circula libremente TODO EL DÍA : Placas pares (2,4,6,8 y 0)
    • Circula de 20:00 a 6:00: Placas impares (1,3,5,7 y 9)
  • VIERNES
    • Circula libremente TODO EL DÍA : Placas impares (1,3,5,7 y 9)
    • Prohibida la circulación de placas pares (2,4,6,8 y 0)
  • SÁBADO
    • Circula libremente TODO EL DÍA : Placas pares (2,4,6,8 y 0)
    • Prohibida la circulación de Placas impares (1,3,5,7 y 9)
  • DOMINGOS Y FERIADOS
    • Autorización de libre tránsito.

La multa por infringir esta normativa es del 50% del salario básico unificado, equivalente a $200, más el retiro y retención del vehículo según el código municipal resolución A-060

¿Qué pasará con los salvoconductos en Quito? 

Al igual que la circulación, la emisión de salvoconductos ahora es responsabilidad de cada municipio. En el caso del Distrito Metropolitano de Quito, los salvoconductos emitidos durante la emergencia sanitaria tendrán validez hasta el 20 de noviembre.

Los nuevos salvoconductos serán entregados únicamente en tres circunstancias: 1) Acudir a un aeropuerto, 2) Acudir a un hospital y 3) Para desempeñar actividades económicas principales.

Para proceder con la gestión del salvoconducto, los ciudadanos podrán acceder al » Portal de servicios ciudadanos», para la emisión de nuevos salvoconductos en función de las 3 circunstancias mencionadas.

La duración del documento es de seis meses, terminado el plazo deberán solicitar uno nuevo, mientras que para movilizarse a un hospital o aeropuerto será de 24 horas.

Excepciones Restricción Vehicular

  • Autoridades gubernamentales
  • Servidores de la salud pública y privada
  • Funcionarios de seguridad
  • Personal de vigilancia y seguridad pública
  • Funcionarios públicos
  • Personal privado que realiza actividades técnico-operativas de sectores estratégicos
  • Servidores de la función judicial, corte constitucional, contraloría general del estado
  • Servicios de courier
  • Profesionales (abogados/as, periodistas)
  • Servicio de delivery
  • Ministerio de inclusión económica y social (mies, ayuda humanitaria y ministerio de educación)
  • Personas con discapacidad y/o adultos mayores. Siempre y cuando se encuentre en el vehículo y presenten el certificado de conadis o del msp que lo acredite o la cédula.
  • Vehículos (emergencia, seguridad pública, privada y asistencia social)
  • Transporte público
  • Transporte comercial

¿Quieres saber cómo funcionaba la restricción vehicular durante el estado de excepción ? Haz clic aquí

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